Despidos: tipos, causas, indemnizaciones...

El despido es una de las situaciones laborales más comprometedoras. Se trata de la finalización del vínculo laboral entre el trabajador y la empresa, pudiendo haber muchos motivos para ello.

Existen diversos tipos de despidos, siendo la causa objetiva uno de los más habituales, un concepto que debe ser entendido tanto por especialistas en derecho laboral como por los propios afectados.


Despidos, tipos, causas, indemnizacion

¿Cuáles son las causas objetivas de despido?

El Estatuto de Trabajadores es el conjunto de normas que fijan cómo debe ser la relación laboral entre empleado y empleador, así como se dejan claros cuáles son los derechos y deberes de unos y otros.

Sin embargo y a pesar de lo expuesto en el Estatuto, son muchas las dudas que asaltan a los trabajadores cuando se van a enfrentar a un despido, a un ERE, etc.

En este apartado pasaremos a explicar cuáles son la causas objetivas del despido, aquellas que están contempladas en el Estatuto de los Trabajadores.

Antes de entrar en materia, debemos tener en cuenta que hay otras situaciones que producen la extinción de la relación laboral, sin que medie un despido, como es el caso de la extención del contrato por la finalización de este. Es decir, por haber transcurrido el plazo establecido durante el cuál el trabajador prestaría sus servicios, o, cuando es el propio trabajador quién decide dar por finalizada la relación laboral.

El despido implica por tanto la decisión unilateral del empresario de finalizar la relación con su trabajador/a.

En el caso concreto del despido objetivo, deben concurrir alguna de las causas establecidas en el Estatuto de los Trabajadores: organizativas, técnicas, de producción o económicas. Algunos ejemplos:

Incumplimiento de contrato

Dependiendo del contrato, el trabajador deberá asumir una serie de responsabilidades y derechos. En el caso de que no se cumplan con las obligaciones o incumpla alguno de los acuerdos contractuales en uno o más de los puntos establecidos en el contrato laboral, la parte contratante tendrá derecho a ejecutar un despido procedente.

Ausencia del puesto de trabajo.

Se traten de ausencias esporádicas o continuas, toda falta de asistencia que no esté justificada puede ser motivo suficiente para el despido procedente. Además en la legislación laboral española más reciente, también se contempla la posibilidad del despido aún mediando ausencias justificadas, siempre ateniéndonos a los límites y condiciones establecidas en la ley.

Incapacidad de la parte contratante.

Se por muerte, por enfermedad o incapacidad, las personas contratadas pueden ser despedidas en el caso de que el empresario fallezca o esté (por el motivo que sea) incapacitado para continuar con sus actividades.

ERE (Despido colectivo).

Se trata de Expediente de Regulación de Empleo, y se trata básicamente de un despido colectivo.
Este tipo de despido conlleva una serie de trámites legales obligatorios específicos para las partes, y es más que recomendable que, cuando se produzcan, los trabajadores se asesoren legalmente a través de especialistas en derecho laboral.

Despido disciplinario.

Se tratan de despidos que pueden estar, o no, relacionados directamente con la actividad laboral del trabajador.
Un despido disciplinario puede ejecutarse, por ejemplo, por haberse demostrado acoso, agresiones, insultos etc., a otros trabajadores o a los propios empresarios.

¿Cuáles son las diferencias entre despido procedente o improcedente?

En cuanto a las diferencias entre despido improcedente y procedente, se dan hechos complejos en la práctica jurídica que sin embargo están claros en el Estatuto de los Trabajadores.

El despido improcedente se produce cuando no hay causas objetivas para tal finalización, o sea, cuando no hay motivos justificados.

También está la posibilidad de que, aun existiendo los motivos, estos no puedan demostrarse o no se argumenten en la forma y condiciones exigidas por la legislación. El despido improcedente es, en definitiva, aquel que se realiza sin cumplir alguno de los requisitos determinados por la ley, en cuanto a fondo (motivos y causas) o fondo (forma de comunicarse o llevarse a cabo).

El trabajador ha de estar muy atento a este particular, debiéndose asesorar por abogados laboralistas en el caso de que tenga dudas o se haya visto sorprendido por decisiones con las que no está conforme.

Por su parte, el despido procedente se produce cuando hay una justificación para la rescisión del contrato laboral. Entre los tipos de despido encuadrados en este apartado, podemos mencionar los disciplinarios, que pueden ser demostrados a partir de ausencias en el trabajo, falta de rendimiento injustificado y otras actividades contraproducentes para la empresa.

Hay circunstancias especiales en las cuales el despido disciplinario sería no procedente, por ejemplo, si el trabajador se encuentra en comisaría o impedido para comunicar su ausencia laboral.
Los puntos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores son claros, sin embargo, cuando se dan los hechos, pueden conjugarse factores diversos, excepciones y otras circunstancias que hagan variar el resultado final del procedimiento. Un abogado laboral deberá estar presente para hacer valer los derechos de empleados y empleadores.

En cualquier caso, debemos recordar que calificar la improcedencia o no de un despido corresponde en todo caso a un Juez.

¿Qué es el preaviso en el despido?

Como normal general, se establece la obligación de un mínimo de 15 días de preaviso para el despido, pero, hay excepciones, como sería el caso de los despidos disciplinarios, o, por ejemplo, para los contratos eventuales, cuya duración es inferior a un año.

Siguiendo el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 55 señala que el trabajador habrá de recibir una notificación en la que se señale el fin de la contratación.

Deben explicarse los motivos para el despido, así lo la fecha en que se producirá. El plazo mínimo con que debe avisar la parte contratante al trabajador, es de 15 días.

Sin embargo, los tiempos de presentación del preaviso pueden variar en función de factores como la antigüedad del empleado o la clase de contratación.

¿Cómo se calcula la liquidación o finiquito por despido?

Es otra de las preguntas que se formulan los trabajadores que van a sufrir un ERE o un despido en cualquiera de sus formas. Para calcular la liquidación por despido, primero deberemos saber de qué tipo de despido estamos hablando.

En el caso de los despidos colectivos o EREs, la normativa fija un mínimo de la indemnización en 20 días por año trabajado. El límite se establece en doce meses de paga. Pero debemos tener en cuenta que durante la fase de negociación entre empresa y empleados, puede que se mejore esta cantidad.

En los despidos disciplinarios, no hay indemnización de ningún tipo, a no ser que con posterioridad se demuestre la improcedencia del despido.

Un caso a tener muy en cuenta es el cálculo por despido procedente. Se trata de un tipo de supresión contractual que está avalada por los puntos que indica el Estatuto de los Trabajadores. Dentro de los supuestos, podemos encontrar despidos disciplinarios y objetivos. Como queda dicho, los disciplinarios no comportan indemnización pero sí los objetivos.

Por otra parte, hemos de mencionar los despidos improcedentes como una de las figuras más controvertidas en este ámbito.

En el caso de que se ejecute un despido improcedente, la parte contratante o empresa se verá obligada a pagar la correspondiente indemnización. En el caso de que no abonara la indemnización, estaría obligada por ley a readmitir al trabajador.

La indemnización por despido improcedente (antes de la reforma laboral del 2012) es de 45 días por año de trabajo, siendo el límite de 24 meses. Tras la reforma laboral, la indemnización es de 33 días por año trabajado, siendo el límite de 24 meses de salario. En el tercer supuesto (que el trabajador sea readmitido), no habrá indemnización, pero sí una compensación económica por costes judiciales y por las posibles pagas que haya dejado de cobrar el trabajador, los llamados salarios de tramitación.

¿Qué es el despido disciplinario?


Es de los tipos de destitución más contundentes. El trabajador será despedido sin que haya lugar a la indemnización, a no ser que este recurra y se reconozca la improcedencia del despido. Entre las más comunes causas de despido disciplinario, podemos encontrar:

  • Desobediencia en el trabajo.
  • Faltas en el puesto de trabajo, incluyendo impuntualidad o no cumplimiento de todas las horas laborables contempladas en el contrato de trabajo.
  • Insultos, agresiones y ofensas a los empresarios, familia de estos o a cualquier miembro de la empresa.
  • Mala fe en forma de disminución del trabajo sin motivo aparente, propagación de información inherente a la empresa, competencia desleal, engaños, abuso de confianza, falsas bajas…


El despido disciplinario debe ser ejecutado mediante una notificación escrita. Es la llamada carta de despido, en la cual deberán exponerse los hechos que hacen justificable la eliminación del contrato.

En el caso de que el trabajador despedido por esta vía sea delegado de personal o delegado sindical, habrá de abrirse un expediente contradictorio.

En este expediente serán tenidos en cuenta las explicaciones tanto de los representantes de la empresa como las de los representantes de los trabajadores.

¿Qué es el finiquito de un trabajador?

Con el finiquito, se saldan los conceptos pendientes de cobrar entre trabajador y la empresa. Se trata de un procedimiento que se realiza cuando se da por finalizada la relación laboral entre trabajador y empresa.

En la documentación del finiquito debe aparecer claramente el acuerdo de las dos partes. El documento también ha de contener el saldo de cuentas y un desglose en el que se expongan todos los particulares.

En la documentación del finiquito deberá también aparecer la parte proporcional de pagas extraordinarias no percibidas, el salario devengado del mes en el que se efectúa el despido, días de vacaciones a disposición no disfrutados…

Una de las partes más importantes del documento de finiquito, es donde figura el cálculo de las cantidades que habrán de proporcionarse al empleado despedido.

El finiquito es por tanto un documento necesario en la extinción de cualquier relación laboral, sea como sea que se haya producido.

En el caso de las indemnizaciones por despido, puesto que estas no siempre son necesarias, deberemos atenernos al tipo de despido que se produzca, tipo de contrato, antigüedad etc.

Estas indemnizaciones por tanto variarán si estamos hablando de despidos procedentes, improcedentes, bajas voluntarias… En el caso de causas objetivas, se contabilizarán 20 días por cada año trabajado, siendo el tope de 12 mensualidades.

¿Qué se considera despido objetivo?

Como despido objetivo consideramos la determinación del empresario de poner fin, de manera unilateral, a las relaciones laborales con su empleado o empleados.

El Estatuto de los Trabajadores determina claramente que los despidos objetivos deben ser justificados en base a las normas surgidas del Estatuto. Las razones para proceder a un despido objetivo son variadas, entre ellas:

  • No adaptación a determinados puestos de trabajo para los que el trabajador estaba especializado.
  • Motivos económicos o técnicos aducidos por la empresa, razones que deben ser explicitadas de modo claro en la documentación que contenga la carta de despido.
  • Ineptitud del empleado.
  • Faltas reiteradas o no justificadas en su puesto laboral.


Existen otros motivos para que el despido objetivo sea considerado como tal. En el caso de tener cualquier duda, el trabajador debe contactar con especialistas en Derecho Laboral. Los expertos en materia laboral, además de proporcionar soluciones a cada parte, pueden propiciar acuerdos que beneficien a ambas partes.

¿Cuánto corresponde por despido injustificado o improcedente?

A partir de la reforma laboral de 2012, disminuyó la cantidad que los trabajadores tendrían que recibir en concepto de indemnización por despido injustificado.

Si antes del 12 de febrero de 2012, la cantidad a cobrar era de 45 días por año trabajado, tras esa fecha la cantidad será de 33 días por cada año trabajado.
Hay particularidades que hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido injustificado o improcedente, como por ejemplo la antigüedad del trabajador en la empresa.

¿Cuántos días de indemnización coresponden por despido improcedente?

La duda de muchos trabajadores es cuántos días por despido improcedente les corresponden. El monto de la indemnización por despido injustificado o no procedente, es de 45 días por año trabajado, sin embargo y como ya hemos indicado, tras la reforma laboral dada en 2012, se redujeron los días hasta 33 con un máximo de 24 mensualidades.

Si un tratabajador/a despedido tiene una antigüedad anterior a dicha fecha, se deberá calcular teniendo en cuenta que le corresponden desde el inicio del contrato hasta el 12 de febrero de 2012 45 días por año y, a partir de esa fecha 33 días por año.

¿Cuánto dinero le toca a un trabajador por despido?

Como ya hemos indicado, existen múltiples factores a tener en cuenta en los despidos. Ante la pregunta cuánto le toca a un trabajador por despido, es necesario tener en cuenta una serie de elementos.

Hay que conocer el tipo de despido, salario anual, antigüedad en el puesto de trabajo y también hay que tener en cuenta el dato que en el que ya hemos incidido: el trabajador cobrará menos por despido desde la implementación de la reforma laboral de 2012.

Abogados laboralistas están del lado de todas aquellas personas que dudan de si su despido es justificado o si han cobrado o van a cobrar lo que realmente les corresponde.

¿Cuántos sueldos corresponden por despido arbitrario?

Podemos considerar al despido arbitrario como improcedente o injustificado. Así, se abren tres posibilidades:

  • Indemnización de 33 días por cada año trabajado. Este supuesto se dará en el caso de que el trabajador haya sido contratado con posterioridad al 12 de febrero de 2012. La parte contratante puede elegir entre abonar la indemnización de 33 días por año o bien readmitir al trabajador.
  • Indemnizaciones mixtas. En despido arbitrarios, la indemnización puede ser mixta, o sea, parte de ella vinculándola a los 33 días por año trabajado y otra parte, a los 45 días por año trabajado.


En todo caso, el máximo será de 42 sueldos, eso en los supuestos en que trabajador haya firmado el contrato antes del cambio laboral y se tengan en cuenta factores de antigüedad.

¿Qué pasa si me despiden por faltas injustificadas?

Ante la cuestión qué pasa si me despiden por faltas injustificadas, la respuesta es clara, aunque hay salvedades que tenemos que tener en cuenta.
Ante faltas no justificadas, se activarán los protocolos para implementar el despido disciplinario.

Desde despachos de abogados laboralistas, se atenderán solicitudes de trabajadores que han sido despedidos injustificadamente o creen que se han producido irregularidades en su proceso de despido.

¿Cuántos días de inasistencia son causa de despido?

Los trabajadores deben tener en cuenta que, aunque los días de inasistencia laboral estén justificados, pueden ser despedidos… eso sí, siempre que se cumplan una serie requisitos conforme lo establecido en la legislación laboral.

A este respecto, hay que tener mucho cuidado y estar bien informado. Así pues, indicamos que se podrá despedir al trabajador siempre que las faltas de asistencia lleguen hasta el 20% de las jornadas hábiles en dos meses sucesivos.

Hay circunstancias que eximen al trabajador de responsabilidades en cuanto a asistencia, y de ser despedidos por ello, tienen opciones para denunciar a la empresa y obtener la correspondiente indemnización. Nos referimos a:

  • Huelgas.
  • Maternidad o paternidad.
  • Actividades de representación oficial de los trabajadores.
  • Embarazo o riesgos asociados.
  • Vacaciones y otras licencias.

¿Qué es el despido incausado?


Básicamente, el despido incausado es un tipo de eliminación contractual en la que se produce un despido sin la debida justificación o sin respetar la forma legal de realizarlo por parte de la empresa. Los letrados expertos en Derecho Laboral, le ayudarán a saber más sobre su propia situación, y, sobre todo, le ayudarán a hacerle frente con las mejores herramientas legales.

¿Qué es una indemnización laboral y en qué consiste?

Una indemnización laboral consiste en una compensación económica al trabajador. Esta indemnización podrá deberse a múltiples causas.

En el ámbito que ahora nos ocupa (el de los despidos) las indemnizaciones laborales se producirán dependiendo del tipo de extinción de vínculo laboral.

Atender a las particulares circunstancias de cada caso será una de las claves a la hora de tratar el complejo mundo de las indemnizaciones laborales, pues, como ha quedado claro en anteriores párrafos, son muchas las salvedades y modificaciones dadas en la ley.

¿Qué pasa si uno no firma el finiquito?

El trabajador tiene perfecto derecho a no firmar la carta de despido. Esta situación se da especialmente cuando no está de acuerdo en la finalización del contrato.

Cuando no se firme el finiquito, habrá de ser el propio trabajador quien lleve el proceso de reclamación del monto adeudado.

Dado que en la mayor parte de los casos, los trabajadores no conocen el Estatuto de los Trabajadores, han de ser abogados laborales los que asistan para que el trabajador consiga todo lo que por ley le corresponde.

¿Qué se entiende por ineptitud sobrevenida?

El concepto de ineptitud sobrevenida es muy importante en el campo legal de los despidos. Se trata de una situación que no siempre es objetiva y, a veces, puede ser aplicada injustamente.

Los abogados especializados en temas laborales, ayudarán al trabajador a conocer cuáles son sus posibilidades y enfrentarán su despido hasta que sea readmitido u obtenga la indemnización que corresponda.

Básicamente, la ineptitud sobrevenida es la incapacidad del trabajador para poder seguir realizando sus funciones en su puesto de trabajo.

La ineptitud sobrevenida puede considerarse voluntaria (o sea, disminución de las funciones laborales siendo consciente y con falsedad), o involuntaria, por ejemplo, una depresión o cualquier otra afección que impida objetivamente seguir realizando las funciones laborales que se venían realizando hasta el momento.

¿Qué derechos tienes cuando te despiden?

Dependiendo del tipo de despido, el trabajador tendrá una serie de derechos reconocidos. Ya hemos hablando de los despidos incausados o improcedentes, así como de los procedentes.

Los derechos de los trabajadores una vez hayan sido despedidos, variarán en función de sus situaciones, ya que existen múltiples circunstancias y cada uno de ellas ha de ser valorada de un modo completamente diferente.

En cuanto a las opciones a su disposición, expertos en Derecho Laboral le asistirán para que nadie abuse de su confianza y le haga llegar a situaciones no propicias.

Los expertos en Derecho Laboral, no solo tienen la misión de conocer todas y cada una de las leyes que afectan a los trabajadores, sino que también deben transmitir estas a sus clientes, de un modo accesible y fácilmente entendible.

¿Cuándo se paga por el preaviso?


En el caso de que la duración del contrato sea de más de un año, será necesario mostrar el preaviso con 15 días de antelación. En el caso de que no haya existido preaviso, el trabajador podrá obtener una indemnización de acuerdo a los días de incumplimiento del aviso.

Así como en los despidos objetivos o procedentes, el contratante también tiene que dar el preaviso, no sucede lo mismo con los despidos disciplinarios.

En estos casos (provocados por absentismo laboral, agresiones físicas o verbales en el trabajo, incumplimiento de las tareas asignadas), el empresario no tendrá obligación de preavisar.


¿Cuánto tiempo tienes para para demandar al patrón por despido injustificado?

El tiempo de que se dispone para demandar al patrón por un despido injustificado, es de 20 días hábiles a contar desde que se produjera la finalización del contrato.

En el caso de que tenga dudas sobre cuánto tiempo tiene para recurrir su despido, así como otras dudas con relación a su situación laboral, comuníquese exclusivamente con abogados especializados en temas laborales.

¿Cuándo se deben pagar los 20 días por año?

Los despidos objetivos, por ejemplo los que se producen por razones técnicas, económicas…) pueden considerarse justificados.

En esta situación, la empresa debe pagar al trabajador cuando se le entrega la carta de despido. Ante la pregunta ¿cuánto se tarda en pagar los 20 días por año?, la respuesta sería, pues, inmediatamente.

¿Qué es el despido intempestivo?

El término despido intempestivo es relevante en el ámbito de las relaciones laborales.

El concepto es idéntico a despido improcedente, aunque la denominación intempestivo suele utilizarse en algunos países de Suramérica.
El denominador común de esta clase de despidos es que no son justificados, por lo que pueden recurrirse y el trabajador obtener las indemnizaciones que por ley le correspondan.

¿Cuánto me corresponde por 6 meses de trabajo?

La finalización de un contrato de 6 meses de trabajo también debe ser acompañada por la correspondiente indemnización en el caso de contratos por obra o contratos eventuales. No asi en los de prácticas o formación y de interinidad, a los uqe no les corresponde indemnización.

Solo en los casos de despidos disciplinarios o rescisión del contrato laboral por parte del propio trabajador, este no recibirá indemnización, monto que sí recibirá en caso contrario y que se calculará en proporción a los días trabajados.

¿Cuánto corresponde por despido injustificado?

El dinero que corresponde al trabajador por despido injustificado, depende de muchos condicionantes. En principio, por despido injustificado el trabajador debe recibir una cantidad de 33 días por año trabajado, fijándose el máximo en 24 mensualidades, o bien también de 45 días, si su relación laboral es anterior a febrero de 2012 o una combinación de ambas.

¿Qué se entiende por despido injustificado?

Por despido injustificado se entiende aquella finalización del contrato laboral que no se haya realizado amparándose en alguno de los supuestos que contempla la ley o incorrecta en cuanto a su forma.

Se trata de despidos que se producen sin que haya habida faltas por parte del trabajador, resultando improcedente. En el caso de que la empresa adujera y justificase pérdidas económicas o similares, el despido podrían no ser injustificado.

¿Cuándo se considera un despido arbitrario?

Un despido se considera arbitrario cuando no hay motivo para la finalización del contrato laboral.

Cuando no hay razones objetivas ni motivos que la empresa pueda aducir y que se ajusten al Estatuto de los Trabajadores, el despido será improcedente y el trabajador podrá recurrir la eliminación del contrato.
El despido arbitrario es una situación de la que todo trabajador debe protegerse, pues vulnera sus más fundamentales derechos.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa justa?


Existen varias formas de denominar a los despidos no justificados.
En España suelen denominárseles no procedentes, así como en ciertos países suramericanos se les denomina incausados o intempestivos.
La indemnización en nuestro país se calcula respecto a los años trabajados. Por cada año trabajado se recibirá una mensualidad, cantidades que dependerán si los despidos son procedentes, improcedentes, etc.

¿Qué es la protección contra el despido arbitrario?

Todo trabajador debe protegerse ante los posibles abusos de la empresa que le contrate.
Ante despidos injustificados, el trabajador debe tomar la decisión de enfrentar la situación con las mejores armas legales en su mano.
Por medio de especialistas en Derecho Laboral, podrá conseguir que sus derechos como trabajador no sean vulnerados.