Baja voluntaria

Baja voluntaria

Queremos recordar que cuando un trabajador se da de baja voluntariamente de la empresa (baja voluntaria), no tiene derecho a solicitar el paro en ese momento, ni tampoco tendrá derecho a una indemnización por despido. Sin embargo, en algunas ocasiones la Ley equipara la baja voluntaria del trabajador a un despido, ya que entiende que aunque el trabajador se haya marchado, lo ha hecho por haberse visto forzado por las circunstancias. Dichas circunstancias que pueden darse son las siguientes:

  • Cambio del puesto de trabajo (traslado).
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Incumplimiento grave del empresario, el cual puede darse por impago laboral, falta de trabajo efectivo, acoso laboral, y por cualquier otro incumplimiento laboral grave.

Si el trabajador se encuentra en alguno de estos casos, como decimos, tiene derecho a extinguir el contrato sin perder por ello el derecho al paro ni la indemnización. Recomendamos que en estos casos consulte con un abogado laboralista, pues le ayudará a resolver sus dudas y le orientará sobre cómo dejar la empresa sin que por ello la situación le perjudique.

Si tiene alguna duda sobre el despido objetivo o sobre cualquier otra cuestión laboral, recuerde que puede contar en cualquier momento con nuestro Despacho de abogados laboralistas de Córdoba. Tanto si es un trabajador que necesita ayuda para reclamar un despido, como si es empresario y desea orientación legal para saber cómo actuar, nuestros profesionales estudiarán su caso de manera personalizada y le indicarán cuál es la mejor manera de proceder, asistiéndole con todos los trámites. 

De esta forma no solo podrá defender sus derechos, sino que podrá quedarse tranquilo sabiendo que su caso está en buenas manos, agilizando así el trámite y evitando problemas innecesarios. Para solicitar una primera cita, puede llamarnos por teléfono o completar el formulario de contacto que encontrará en nuestra web, y le responderemos tan pronto como sea posible.